viernes, 8 de noviembre de 2019

Contabilidad en PETROS









Decretan en Venezuela Obligatoriedad de llevar registros contables en PETROS

En un nuevo movimiento orientado a estimular la adopción de la moneda digital emitida por el Estado, el petro (PTR), fue decretado la obligatoriedad de su uso en los registros contables de personas naturales y jurídicas en Venezuela. El anuncio fue uno de varios relacionados con el criptoactivo oficial, realizados por Nicolás Maduro este miércoles 6 de noviembre.
De acuerdo con el anuncio, las empresas públicas y privadas, así como los particulares, deben llevar una «doble contabilidad», calculada tanto en la moneda fiduciaria nacional, el bolívar, como en el criptoactivo petro. Ambas tendrán carácter legal, el petro debe incorporarse al  «funcionamiento sano de la economía» a nivel nacional.

jueves, 31 de octubre de 2019

Impuesto a los Grandes Patrimonios


Contribuyentes especiales deben declarar y pagar Impuesto a Grandes Patrimonios

Del 01 de octubre al 30 de noviembre, los contribuyentes especiales deben declarar y pagar el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), sin estar sujeto a fechas de calendario, ratificó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

Este impuesto va dirigido solo a los Contribuyentes Especiales cuyo patrimonio tengan un valor igual o superior a 150 millones de Unidades Tributarias (UT), informa el principal ente recaudador del país.

Este nuevo tributo fue creado bajo la Ley Constitucional de Impuesto a Grandes Patrimonio aprobada el pasado 2 de agosto en sesión de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

§  Incluye a empresas del sector público y privado, entrará en vigencia en 60 días aproximadamente
§  Abarca a todas aquellas personas naturales que posean un capital superior a los 36 millones de Unidades Tributarias y personas jurídicas que superen los 100 millones de UT
§  Establece que la alícuota impositiva aplicable al valor del patrimonio neto determinado podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo 0,25% y un máximo de 1,50%
§  Indica que solo quedarán exceptuados de dicho impuesto, la vivienda principal siempre y cuando no exceda los 65 millones de UT y la materia prima
De acuerdo con la Gaceta Oficial de la Ley Constitucional, el patrimonio neto gravable se determinará, en primer lugar, por criterios territoriales, de manera que pagarán:
§  Las personas naturales y jurídicas, así como entidades sin personalidad jurídica pero con patrimonio propio, con residencia en el país
§  Las personas naturales, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica extranjeras o no residentes en el país, por el patrimonio gravable que se encuentre en el país
§  Los contribuyentes especiales venezolanos no residentes en el país por el patrimonio en bienes y derechos que se encuentre en el territorio nacional