Asesorías contables, financieras, tributarias, parafiscales y laborales. Somos especialistas en contabilidad computarizada, libros de compra y venta, retenciones ISLR - IVA y declaraciones. También ofrecemos asesoría empresarial, manuales de normas y procedimientos administrativos y contables. Visítenos en la Av Andres Eloy Blanco, Centro Profesional Verona. Valencia. Edo Caraboo. Venezuela Contacto: Consultoresppinto@gmail.com telf: +58 (414) 4103609
domingo, 19 de febrero de 2017
sábado, 11 de febrero de 2017
¿Qué es el Impuesto Diferido?
La
normativa contable establece que los impuestos diferidos se generan al comparar bases financieras con las bases fiscales
de los activos y los pasivos, más aquellos impuestos diferidos que están
relacionados con los créditos fiscales a ser utilizados en el futuro.
La
base financiera de cada activo y de cada pasivo será su valor en libros. Se
trata del valor en libros que obtenemos al preparar la contabilidad de acuerdo
con las Normas Internacionales de Contabilidad.
Si hay diferencias entre el
reconocimiento de ingresos, costos y gastos para efectos financieros y para
efectos fiscales en un período determinado, el resultado de impuesto sobre la
renta y el impuesto por pagar no coincidirán y es allí precisamente, donde
tenemos que evaluar si esas diferencias generan o no, activos y/o pasivos por
impuesto diferido y si se pueden o no, registrar.
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¿QUÉ SON LAS PYMES?
Las Pequeñas y Medianas Entidades que según la Norma de las VEN-NIIF para PYMES contengan las siguientes características:
a) Las que no tengan obligación publica de rendir cuentas, como las que cotizan en la
bolsa de valores locales o extranjera o están en proceso de emitir estos instrumentos
para negociarse, o también aquélla entidades que una de sus principales actividades
es mantener activos en calidad de fiduciario para un amplio grupo de terceros, como
ejemplo la Norma en la sección 1.3 literal "B", se refiere bancos, cooperativas de
crédito, compañías de seguros.
b) Publican estados financieros de propósito de información general para usuarios
externos. Como ejemplo para auditorias, acreedores y agencias de calificación
crediticia.
Cabe mencionar que las entidades que aparentan tener obligación pública como son los
colegios, agencias de viajes, organizaciones no lucrativas, cooperativas y compañías que
prestan servicio publico, estas actividades no las convierte en entidades con obligación
de rendir cuentas al publico.
Ubicación:
Valencia, Carabobo, Venezuela
lunes, 6 de febrero de 2017
DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PATRIMONIO
En la Gaceta Oficial Numero 41.075 de fecha 16 de Enero de 2017 se establece la
obligación de las Personas Jurídicas calificadas como Sujetos Pasivos Especiales de
presentar Declaración Informativa de Patrimonio, por lo cual deben elaborar el formulario
que esta disponible en el Portal Fiscal www.seniat.gob.ve y consignarlo en el área de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de se región. Dicha Declaración Informativa del Patrimonio se deberá presentar dentro de los noventa (90) días siguientes de la entrada en vigencia.
El incumplimiento de esta obligación sera objeto de Sanción.
Para mayor información contáctenos por el 0414-4103609, 0414-4853441
domingo, 5 de febrero de 2017
Transición de VEN-PCGA a VEN-NIF para PYME
La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) aprobó en el año 2008
adoptar como Principios de Contabilidad de Aceptación General en Venezuela (Ven-NIF) las
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) aprobadas por el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en ingles), previa revisión de cada una de
ellas y cumplimiento del proceso de consulta pública para su aprobación final.
Las fechas de aplicación de las Ven-NIIF para la preparación y presentación de estados
financieros quedaron establecidas como sigue:
Grandes entidades: Ejercicios económicos que se inician a partir del 1 de Enero de 2008.
Pequeñas y medianas entidades: Ejercicios económicos que se inician a partir del 1 de
Enero de 2011 (permitiéndose su aplicación anticipada).
A continuación, podrás ver en un breve resumen, las areas donde existen diferencias importantes entre las DPC - PT (2010) y las Ven NIF PYME (2011):
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